Esta Federación, se creó al amparo de la Ley 19/1.977 de 1 de abril, tiene duración indefinida, y adquirió plena personalidad jurídica y capacidad de obrar el 2 de enero de 1.978 con la presentación y depósito de sus Estatutos en la Oficina Central de Depósito de Estatutos de Organizaciones Profesionales.

 

 

De acuerdo con el Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, y la sentencia del Tribunal Supremo de 25 de enero de 1999, se proyecta para contribuir “a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios, siendo los medios típicos de acción la negociación colectiva laboral, el planteamiento de conflictos colectivos de trabajo, el diálogo social y la participación institucional en los organismos públicos de las administraciones laborales”.

 

La normativa de la Federación es conforme a la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo que regula el Derecho de Asociación.

 

 

Contacto

Federación Nacional de Perfumistas y Drogueros de España (FENPYD)


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